Varapalo judicial para el Gobierno regional por las subvenciones adelantadas a los compradores del Plan 2000E.
EL juzgado de lo Contencioso Administrativo Número tres de Santander ha sido el primero, según la Federación de Asociaciones de Concesionarios de Automoción FACONAUTO, ha dictado la primera sentencia firme que se resuelve en España sobre este contencioso.
Según esta organización, esta sentencia reconoce el derecho de los concesionarios de automóviles en España al cobro de las subvenciones a la compra de vehículos adelantadas en su momento a los compradores en el marco del Plan.
En esta sentencia el juzgado ha estimado la demanda interpuesta por Faconauto contra una resolución de abril de 2011 del entonces consejero de Industria y Desarrollo Tecnológico de Cantabria, el socialista Juan José Sota, en la que no admitía la deuda pendiente con los concesionarios. Sin embargo, la jueza ha condenado ahora a la Comunidad Autónoma a pagar 9.000 euros más intereses que los puntos de venta de la región adelantaron.
En contra de lo que se sostenía la resolución de la Consejería, que declaraba la inadmisión de la reclamación al considerar que no le es imputable porque no fue la que gestionó las ayudas del Plan, citando como responsable a la empresa pública Genercan; sin embargo, el Juzgado mantiene que el daño producido sí se puede achacar a la administración demandada.
Según la sentencia, es el Gobierno de Cantabria, al adherirse voluntariamente a dicho Plan, el que concede la subvención y el que no adoptó las medidas necesarias para que el sistema informático para registrar las solicitudes estuviera operativo desde el momento en que los compradores tenían derecho a la ayuda, 1 de enero de 2010, y no el 25 de marzo por lo que según la juez, la empresa pública, es una mera colaboradora.
Por otra parte, la magistrada no aprecia ninguna conducta negligente o imprudente por parte de los concesionarios y sostiene que éstos cumplieron con la totalidad de las obligaciones que les exigía el Real Decreto que regulaba el Plan, entre las que figuraba adelantar la subvención a los compradores pese a no estar disponible el registro.

















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